¿Qué es la declaración de herederos y para qué sirve?
La declaración de herederos es el trámite que permite determinar legalmente quiénes son las personas que tienen derecho a heredar cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento.
Su función es identificar a los herederos, nada más. No reparte bienes, no adjudica la herencia ni decide cómo se distribuye el patrimonio. Simplemente deja constancia, de forma oficial, de quiénes son los llamados a heredar según la ley.
Es importante tener esto claro porque muchas personas piensan que con la declaración de herederos “ya se ha hecho la herencia”, y no es así. Este trámite es solo el primer paso. A partir de ahí vendrán después la aceptación o renuncia de la herencia, la partición de los bienes y el resto de gestiones necesarias.
Sin declaración de herederos, cuando no existe testamento, no es posible avanzar en la tramitación de la herencia, ya que legalmente no está determinado quiénes son los herederos.
¿Cuándo es necesaria una declaración de herederos?
La declaración de herederos es necesaria cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento. En ese caso, no existe un documento que indique quiénes son sus herederos, por lo que es imprescindible realizar este trámite para que la ley determine quién tiene derecho a heredar.
Es la situación más habitual: una persona muere intestada y, antes de poder repartir los bienes, aceptar o renunciar a la herencia o realizar cualquier gestión, primero hay que identificar oficialmente a los herederos.
Si existe testamento, la declaración de herederos normalmente no es necesaria, porque el propio testamento ya cumple esa función: señala quién hereda y en qué condiciones. En esos casos, el testamento sustituye a la declaración de herederos.
Por eso, este trámite solo se utiliza cuando no hay testamento válido.
¿Quién puede solicitarla y quiénes pueden ser herederos?
La declaración de herederos puede solicitarla cualquier persona que tenga un interés legítimo en la herencia. Normalmente son los propios familiares del fallecido quienes inician el trámite, ya sea de forma individual o conjunta.
En cuanto a quiénes pueden ser herederos, la ley establece un orden claro cuando no hay testamento. De forma general, primero heredan los descendientes, es decir, hijos y, en su caso, nietos.
Si no existen descendientes, la herencia pasa a los ascendientes, como los padres o abuelos.
En ausencia de descendientes y ascendientes, hereda el cónyuge.
Y si tampoco hay cónyuge, la herencia corresponde a los colaterales, como hermanos, sobrinos, tíos u otros parientes más lejanos, siempre siguiendo el orden que marca la ley.
Este orden es importante porque determina quién tiene derecho a heredar y quién puede promover la declaración de herederos. No se trata de una elección personal, sino de una sucesión legal establecida para los casos en los que no existe testamento.

¿Dónde se tramita la declaración de herederos?
La declaración de herederos se tramita ante notario. Es un trámite notarial, no judicial, y se formaliza mediante un acta en la que el notario deja constancia de quiénes son los herederos legales del fallecido.
No se puede acudir a cualquier notaría sin más. Existe un criterio de competencia que determina cuál es la notaría adecuada para iniciar el procedimiento. Con carácter general, será competente la notaría del último domicilio habitual del fallecido. También puede tramitarse en la notaría correspondiente al lugar del fallecimiento o donde se encuentre la mayor parte de sus bienes, en función de cada caso concreto.
El notario se encarga de revisar la documentación, comprobar el parentesco de los solicitantes y, cuando procede, practicar las diligencias necesarias para acreditar quiénes son los herederos conforme a la ley.
Por eso, aunque es un trámite relativamente ágil, conviene iniciarlo correctamente desde el principio, acudiendo a la notaría competente y aportando la documentación adecuada, para evitar retrasos o problemas posteriores en la tramitación de la herencia.
¿Qué documentación se necesita para iniciarla?
Para poder iniciar una declaración de herederos es necesario reunir una serie de documentos básicos que acrediten tanto el fallecimiento como la relación familiar con la persona fallecida.
De forma general, el notario va a necesitar el certificado de defunción, que acredita oficialmente el fallecimiento, y el certificado de últimas voluntades, que sirve para confirmar que la persona no otorgó testamento. Este segundo documento es clave, porque la declaración de herederos solo procede cuando no existe testamento.
También será necesario aportar documentación que acredite el parentesco con el fallecido. Dependiendo del caso, puede tratarse del libro de familia, certificados de nacimiento, certificados de matrimonio u otros documentos oficiales que permitan demostrar la relación familiar.
Además, se suele solicitar el DNI del fallecido y el DNI de las personas que promueven el trámite, así como cualquier otra documentación que ayude a identificar correctamente a los posibles herederos.
Tener esta documentación preparada desde el principio agiliza mucho el procedimiento y evita retrasos innecesarios. Es el paso previo imprescindible para que el notario pueda iniciar el acta de declaración de herederos y continuar con la tramitación de la herencia.
En nuestro artículo sobre los documentos imprescindibles para tramitar una herencia explicamos con más detalle qué certificados y papeles conviene reunir antes de iniciar cualquier trámite.
¿Cuánto tarda y qué plazos son realmente importantes?
El tiempo que tarda una declaración de herederos y los plazos que hay que tener en cuenta no son exactamente lo mismo, y conviene diferenciarlos para evitar confusiones.
Por un lado está el tiempo del trámite notarial. Una vez que se presenta toda la documentación correcta, la declaración de herederos suele resolverse en un plazo relativamente corto. En la mayoría de los casos, el acta notarial puede estar lista en unas semanas. El plazo exacto depende de la complejidad del caso, de si hay que practicar diligencias adicionales y de que toda la documentación esté completa desde el principio.
Por otro lado están los plazos fiscales de la herencia, que son los que realmente marcan la urgencia. Aunque la declaración de herederos no tenga un plazo cerrado para iniciarse, las obligaciones fiscales de la herencia sí lo tienen. Desde el fallecimiento existen plazos para cumplir con las obligaciones fiscales, y esos plazos empiezan a contar desde el fallecimiento del causante, aunque todavía no se haya terminado la declaración de herederos.
Por eso es importante no confiarse. Aunque el trámite notarial pueda parecer rápido, la preparación de la documentación y la gestión posterior de la herencia deben hacerse con previsión. Retrasarse puede generar problemas y recargos, incluso cuando la declaración de herederos aún está en marcha.
¿Qué ocurre después de la declaración de herederos?
La declaración de herederos no cierra la herencia, solo marca quiénes tienen derecho a ella. A partir de ese momento comienza realmente la tramitación de la herencia.
El primer paso es decidir si se acepta o se renuncia a la herencia. Cada heredero debe valorar su situación, especialmente si existen deudas o cargas. La aceptación implica asumir tanto los bienes como las posibles obligaciones, mientras que la renuncia supone quedar fuera de la herencia.
Una vez aceptada, se pasa a la partición de la herencia. Es el momento en el que se reparten los bienes entre los herederos según corresponda. Aquí se adjudican inmuebles, cuentas bancarias, vehículos u otros activos, así como las obligaciones, deudas u otros pasivos, y se determina qué recibe cada uno.
Después vienen los trámites posteriores, que son los que permiten que la herencia tenga efectos reales. Entre ellos están la inscripción de los bienes a nombre de los herederos, los cambios de titularidad, la gestión de cuentas bancarias y el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Por eso es importante entender que la declaración de herederos es solo el punto de partida. Es el paso que permite empezar a tomar decisiones sobre la herencia y avanzar en todo el proceso posterior.
Si necesitas hacer la declaración de herederos, podemos ayudarte
La declaración de herederos es el trámite que permite identificar a los herederos cuando no hay testamento. A partir de ahí, lo habitual es avanzar con la aceptación o renuncia y la tramitación de la herencia.
Si necesitas ayuda para realizar la declaración de herederos o cualquier otro trámite relacionado, en Sirvent & Granados como abogados de herencias en Tenerife, podemos revisar tu caso y orientarte en los siguientes pasos.

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