¿Pueden embargarte la cuenta bancaria donde recibes tu nómina?
Seguramente conozcas a alguien que haya sufrido un embargo de su cuenta bancaria. Esta medida es una forma común de ejecutar deudas. Sin embargo, esto no significa que siempre se respeten los derechos de las personas afectadas.
Conviene aclarar que no es lo mismo un embargo de cuenta bancaria que un embargo de nómina o pensión. En el embargo de cuenta bancaria se intentan sustraer todas las cantidades que ya estén depositadas en dicha cuenta, así como las que se ingresen a futuro.
En el embargo de nómina o pensión se embarga directamente el pago que debe realizar la empresa o la Seguridad Social, y por tanto, el beneficiario de la nómina o de la pensión recibiría su importe con el embargo ya descontado. En la práctica, lo que ocurre es que los acreedores intentan embargar la cuenta bancaria para intentar sortear la protección de la inembargabilidad del SMI.
En base a esta diferenciación, existen cuestiones jurídicas de gran relevancia en la práctica procesal y administrativa sobre la legalidad de embargos sobre cuentas bancarias en las que el afectado recibe mensualmente su nómina o pensión, pues afecta directamente al derecho de los trabajadores y pensionistas a disponer de unos ingresos mínimos esenciales.
En este sentido, la legislación española establece una clara protección sobre el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), garantizando su inembargabilidad. Esta protección se encuentra en el Estatuto de los Trabajadores. Asegura que el trabajador reciba su salario de forma efectiva y sin interferencias. También está en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), que dice lo siguiente:
“1. Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional.”
Además, tanto el Tribunal Constitucional como el Supremo, han reiterado en diversas sentencias la importancia de respetar esta garantía para evitar situaciones de desprotección social.
«Las normas sobre inembargabilidad de los salarios mínimos responden a valores como la dignidad humana, configurado como el primero de los fundamentos del orden político y de la paz social en el artículo 10 CE».
Atendiendo a la ley y a lo que dicen los Tribunales, queda claro que solo se pueden embargar las cantidades que superen ese límite.
Incluso, no se puede considerar embargable todo el dinero que supere ese límite. Debemos seguir unas escalas progresivas que están aprobadas por la ley.
El Gobierno de España ha creado una “calculadora” en línea. Esta herramienta nos dirá, al introducir algunos datos simples, cuánto se puede embargar de nuestra nómina, sin necesidad de hacer cálculos complicados.
Situaciones de embargo indebido y mecanismos de impugnación
Estas disposiciones tienen como finalidad proteger la subsistencia del deudor y garantizar que pueda atender sus necesidades básicas. Sin embargo, en la práctica, aún se embargan cuentas bancarias donde se recibe la nómina o pensión. Se retira todo el dinero ingresado, sin distinguir entre los conceptos que no se pueden embargar. Esto crea una situación de vulnerabilidad económica para la persona afectada.
La ley es clara al respecto, y prevé que este tipo de situaciones puedan llegar a darse, aun existiendo todas las protecciones legales ya mencionadas.
Por ese motivo, la LEC establece la nulidad total y de pleno derecho de los embargos realizados sobre cantidades inembargables.
Este precepto permite a la persona afectada recurrir ante el Tribunal que haya dictado el embargo. Así, puede defender sus derechos frente a una vulneración clara de las protecciones legales, que citando al Tribunal Supremo:
“Sacrifiquen el mínimo vital del deudor, privándole de los medios indispensables para la realización de sus fines personales, así como en la protección de la familia, el mantenimiento de la salud y el uso de una vivienda digna y adecuada”
Estas protecciones también están en otros textos legales. Por ejemplo, en la Ley del Procedimiento Administrativo Común. Esta ley dice que los actos administrativos que van en contra de la Ley o la Constitución Española son nulos.
También menciona que se debe seguir el procedimiento legal. Además, la Ley General Tributaria reafirma la protección de la nómina o pensión. Esto es importante para las personas afectadas por embargos por deudas o sanciones tributarias.
Ambas disposiciones permiten presentar recursos de reposición sobre embargos de cantidades que no se pueden embargar. Esto se aplica a deudas o sanciones con la Administración Pública.
El objetivo de presentar estos recursos ante el juez que ordenó la medida no es sólo alegar la inembargabilidad del SMI. También busca proteger las cantidades esenciales que son el mínimo vital para los afectados. Se pide suspender la ejecución de los embargos mientras dure el procedimiento que resolverá el recurso.
Además, la resolución estimatoria del recurso planteado, concederá al solicitante la correspondiente restitución de las cantidades indebidamente embargadas antes de la interposición del recurso.
Recomendaciones para evitar embargos indebidos
Dado el impacto de estos embargos en la estabilidad financiera de los trabajadores, es importante conocer las herramientas legales. Estas herramientas ayudan a impugnar los embargos y a evitar abusos de los órganos de ejecución. La correcta aplicación de la normativa es clave. Esto ayuda a equilibrar el derecho de los acreedores a cobrar y la necesidad de proteger el mínimo vital del deudor.
Para minimizar el riesgo de un embargo indebido de una cuenta en la que se percibe la nómina, se pueden adoptar ciertas medidas preventivas:
1. Cuenta exclusiva para la nómina
Mantener una cuenta bancaria dedicada exclusivamente al ingreso del salario, evitando mezclar estos ingresos con depósitos de otros conceptos. Hay que tener en cuenta que la inembargabilidad de la cuenta corresponde a las cantidades del SMI, por su protección legal frente a procedimientos de embargo. Pero nada impide que se ejecuten embargos frente al resto de cantidades ingresadas en la cuenta bancaria en concepto de ahorro o inversión.
Por eso, si en una cuenta bancaria se mezclan ambos conceptos, puede ser difícil para el tribunal diferenciarlos. Esto puede llevar a que se dicten embargos sobre toda la cuenta de manera incorrecta.
2. Justificación documental
Contar con extractos bancarios y documentos que acrediten que los ingresos corresponden a la nómina o pensión.
3. Comunicación con el banco
Informa al banco sobre de dónde vienen los ingresos. Si hay un embargo, pide que se aplique la normativa vigente.
4. Asesoramiento legal
Si tienes dudas o enfrentas un embargo, lo mejor es recurrir a un abogado laboralista y/o bancario. En Sirvent y Granados, abogados en Tenerife, tenemos especialistas en estas áreas. Evaluamos tu caso para encontrar maneras de levantar embargos que no cumplen con la Ley. Nuestro objetivo es proteger los intereses de nuestros clientes.
Protección legal ante embargos indebidos
El embargo de una cuenta bancaria donde se recibe la nómina debe respetar el principio de inembargabilidad del Salario Mínimo Interprofesional. También debe cumplir con los procedimientos que marca la normativa vigente.
En aquellos casos en los que se haya ordenado un embargo contrario a esta normativa, los afectados pueden y deben interponer recurso contra este, en defensa de sus derechos a disponer de los ingresos mínimos esenciales, y cuya protección ha sido ratificada por los Altos Tribunales de nuestro sistema jurídico.
En Sirvent y Granados Abogados, somos expertos en Derecho Bancario y podemos ayudarte a proteger tus derechos e intereses en el ámbito de tus finanzas. No dudes en ponerte en contacto con nosotros para obtener el apoyo legal que necesitas.
