Ante la situación sin precedentes que vive España, se suceden las normas del gobierno para paliar las distintas situaciones, sanitarias, económicas, laborales y sociales que ocurren. La última norma ha sido el Real Decreto Ley 8/2020 de 17 de marzo, y contiene numerosas e importantes medias, en este artículo procederemos a desgranar las que vinculan a la ciudadanía en general:
1. Prohibición del corte de suministros.
Los suministradores de energía eléctrica, gas natural y agua no podrán suspender el suministro a aquellos consumidores en los que concurra la condición de consumidor vulnerable.
2. Moratoria de la deuda hipotecaria sobre la adquisición de vivienda habitual.
Los deudor que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad podrán solicitar a la entidad financiera con quien tienen la hipoteca que no se les cobre durante un tiempo. Para poder ser concedida, tienen que acreditar alguno de los siguientes extremos:
✓ Estar desempleado o con pérdidas profesionales sustanciales.
✓ Que los ingresos de la unidad familiar no sean superiores, en el mes anterior a la solicitud de moratoria, 3 veces el IPREM (incrementándose en función del número de miembros de la unidad familiar.
✓ Que la cuota hipotecaria sea superior al 35% de los ingresos netos de la unidad familiar.
✓ Que la unidad familiar haya sufrido una alteración significativa de sus circunstancias económicas.
Las moratorias aplazan el pago sin intereses, se aplican a los avalistas y fiadores de los préstamos. Incurrirá en responsabilidad aquel que, sin estar en las condiciones previstas, las falsee para acceder a la moratoria.
3. Suspensión de los plazos para devolver productos y efectuar portabilidades.
Se suspenden los plazos para devolver productos y las portabilidades de sistemas de telecomunicaciones.
4. Expediente temporal de regulación de empleo.
Si resultas afectado por un ERTE, deberás solicitar el alta al SEPE en el subsidio por desempleo, ello no implicará perdida de ningún otro derecho en materia de seguridad social, se conserva el derecho a continuar en la empresa cuando cese la causa del ERTE, seguirá manteniendo la antigüedad, tiempo cotizado y todas las condiciones como si el tiempo del ERTE efectivamente estuviera trabajando.
Sirvent y Granados Abogados seguirá actualizando las medidas que se adopten durante todo este estado excepcional que vivimos. Muchos de los acuerdos alcanzados deberán desarrollarse en normas posteriores.