El Juzgado de Primera Instancia Nº1 de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a Banco Santander a devolver a un cliente 300.000 euros por no informar adecuadamente de los riesgos de contratación de un producto estructurado “tridente”, en un caso defendido por Sirvent y Granados Abogados.

El demandante contrató en julio de 2006 y por sugerencia de la entidad bancaria un producto Estructurado al que destinó los ahorros que tenía depositados como consecuencia de haber vendido un inmueble. En 2009 la entidad bancaria se volvió a poner en contacto con él para ofrecerle un cambio a coste cero, pero presentándolo como una actualización que tenía que suscribir de modo obligatorio. El cliente entonces suscribió el Contrato de producto Estructurado Tridente, un producto cuyas características implicaban la posible pérdida del total del capital invertido, y que por tanto no se ajustaba al perfil de riesgo del cliente, considerado conservador y defensivo.

Para la magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife, el cliente carecía de un conocimiento apropiado y suficiente del producto que adquiría y más concretamente sobre los riesgos asociados al mismo. La entidad estaba obligada a informar y asesorar debidamente al inversor sobre el riesgo asociado al producto que contrataba así como de la posibilidad de perder la inversión.

Así pues, la jueza ha condenado a Banco Santander a restituir el importe contratado inicialmente junto con los intereses, comisiones , gastos   y las costas judiciales del procedimiento.

Leer la sentencia completa