Tras la compra por parte de “Banco Santander, S.A.” por un euro del “Banco Popular, S.A.” surgen dudas y nuevos frentes para los consumidores e inversores perjudicados. En este ambiente de incertidumbre, desde “Sirvent y Granados”, queremos resolver todas las dudas que se puedan presentar.

Los principales perjudicados de esta operación son los titulares de acciones, bonos convertibles y deuda subordinada. Sin embargo, en función de cada producto, las reclamaciones serán diferentes.

Hay que hacer una primera distinción entre los accionistas que acudieron a la última ampliación de capital, y los accionistas que eran titulares de acciones con anterioridad. A priori, todos los accionistas que acudieron a la última ampliación de capital, tienen más opciones para que su reclamación sea exitosa y así lo están resolviendo la mayoría de las sentencias. Desde Sirvent y Granados tenemos claro que estas acciones son reclamables, y así lo estamos haciendo con la interposición de las demandas judiciales correspondientes

Con respecto a los titulares de acciones anteriores a la ampliación de capital ,si bien, el transcurrir del tiempo y la resolución de determinados procesos judiciales en curso, están empezando a aclarar la situación, nuestra recomendación a día de hoy es esperar al desarrollo de estos procesos, para poder entablar las correspondientes reclamaciones judiciales en estos casos en concreto.

Estos procesos judiciales a los que nos referimos son consecuencia de diferentes actuaciones judiciales iniciadas por varias asociaciones que han interpuesto diferentes acciones, civiles y penales. Se tratan, sustancialmente, de demandas civiles contra el consejo de administración por su mala gestión y querellas criminales por delitos relacionados con la administración desleal. Al igual que ocurrió con la salida a bolsa de “Bankia, S.A.”, las investigaciones que arrojen estos procedimientos allanarán enormemente el camino de los consumidores en las reclamaciones futuras, como hemos explicado, sobre todo a titulares de acciones adquiridas con anterioridad a la última ampliación de capital, por este motivo desde “Sirvent y Granados” recomendamos prudencia y esperar al desarrollo de los acontecimientos.

No obstante, en el caso de cualquier interposición de las reclamaciones judiciales, recomendamos la interposición de reclamaciones individuales, por el carácter eminentemente práctico que estas suponen, y que no es otro que el inversor pueda recuperar el dinero perdido. Además, son procedimientos de menor duración.

¿Cuánto duran estos procedimientos? Una vez interpuesta la demanda correspondiente, van a depender un poco del partido judicial donde toque interponer la demanda, unos van más rápido que otros, pero podemos establecer una media de un año en primera instancia y otros ocho meses más en segunda instancia.

El plazo para interponer las demandas judiciales oscilan entre los tres y los cinco años, dicho plazo comienza a contar desde el momento que se conoce el problema, con lo cual, los inversores tienen margen para decidir cuándo interponer la demanda, pero hay que tener en cuenta que por ejemplo los adquirentes de acciones de la última ampliación de capital, los plazos ya han empezado a contar.

Una vez interpuesta la correspondiente demanda, ¿a qué tenemos derecho? A recuperar la totalidad del dinero empleado en la suscripción de acciones, en el caso de que estas acciones nos hubieran generado intereses o rendimientos, habría que descontarlo del dinero a recuperar, al mismo tiempo, también se reclamaría el interés legal del dinero desde el momento de la suscripción de las acciones y el abono de las costas procesales correspondientes, ósea los gastos de abogado y procurador.

¿Qué pasa en el caso de que el juzgado nos de la razón y la sentencia nos salga favorable? Además de una enorme satisfacción, afortunadamente el “Banco Popular, S.A.” cuenta no sólo con bienes a su nombre, sino con el respaldo económico del “Banco Santander, S.A.” con lo cual, tras una sentencia estimatoria y firme se recuperaría el dinero, cuestión que de alguna manera el propio “Banco Santander, S.A.” ya se está temiendo porque ha gestionando una ampliación de capital precisamente para poder hacer frente a los varapalos judiciales que lleguen del “Banco Popular, S.A.”.

¿Cuánto cuestan y como se pagan estos procedimientos? desde “Sirvent y Granados” invitamos a todos aquellos perjudicados a tomar una cita con nosotros para exponernos su caso sin compromiso. Tras un pormenorizado estudio, que no tiene coste para Ud., y en el caso de que la reclamación fuese viable, se le prepararía una hoja de encargo y presupuesto con los honorarios que se explicarían personalmente, yendo siempre a riesgo con el cliente, por lo tanto si el cliente gana, nosotros ganamos y si no fuere posible porque así lo determinara una sentencia judicial no existiría coste de abogados.

Una última recomendación, ponga en manos de especialistas estos temas tan complejos, no todos los abogados sabemos de todo y no todos son capaces de defender acciones judiciales de este tipo, por lo tanto asegúrese de que su abogado es un experto en la materia.

Carlos Gómez Sirvent

Letrado director de Sirvent y Granados Abogados

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