Cuando se produce el fallecimiento de una persona, es necesario llevar a cabo una serie de trámites para gestionar su herencia. La información de un abogado especializado en herencias es fundamental en esta materia. 

En la tramitación de una herencia intervienen documentos específicos que sólo se utilizan en materia de sucesiones. En Sirvent & Granados Abogados prestamos un servicio integral en la gestión de herencias, por lo que podemos ayudarte en la obtención de todos los documentos necesarios. En este artículo, te explicaremos cuáles son los 5 documentos imprescindibles para tramitar una herencia:

¿Cómo tramitar una herencia paso a paso?

Certificado de defunción

Una vez que alguien fallece, es necesario registrar su muerte en el Registro Civil en un plazo de 24 horas. El certificado de defunción es el documento que confirma que el fallecimiento ha sido registrado en el Registro Civil. El certificado de defunción es el primer documento que se debe obtener al fallecimiento de una persona y es imprescindible para gestionar la herencia. Es emitido por el registro civil y acredita oficialmente el hecho del fallecimiento. 

El certificado de defunción contiene información importante sobre la persona fallecida, como su nombre completo, fecha y lugar de nacimiento, fecha y lugar de fallecimiento, y en determinadas circunstancias la causa de la muerte. También puede incluir otros datos relevantes, como el estado civil, la ocupación y el último domicilio del causante. 

 

El certificado de defunción no contiene la información sobre quiénes son los herederos del fallecido

Para obtenerlo, se debe presentar la solicitud en el Registro Civil correspondiente al lugar de fallecimiento. Debe aportarse la información necesaria, como el nombre del fallecido y la fecha de defunción. No obstante, en la práctica, muchas veces los servicios funerarios entregan las primeras copias del certificado de defunción a los familiares del fallecido para que puedan empezar los trámites de la herencia transcurridos unos días tras el fallecimiento.

Sin perjuicio de lo anterior, se puede solicitar presencialmente, por internet o por correo postal. Para obtener el certificado de defunción online, pueden acceder a la sede electrónica del Ministerio de Justicia y utilizar el trámite específico para obtener este tipo de certificados. 

Y por último, la forma menos efectiva de obtener el certificado de defunción es enviando una carta de solicitud al Registro Civil pertinente, en la cual se proporcionen todos los detalles del solicitante, del fallecido, la dirección para recibirlo y el número de teléfono de contacto.

Como abogados especialistas en herencias recomendamos, por agilidad y facilidad, solicitar el certificado de defunción de forma presencial. Si no puede solicitarlo personalmente, contacte con Sirvent & Granados Abogados. Nuestros abogados especialistas en herencias en Tenerife  le ayudarán a gestionar la herencia desde el primer momento solicitando el certificado de defunción.

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Certificado de últimas voluntades

El Certificado de Últimas Voluntades es otro documento fundamental en el proceso de tramitación de una herencia. Se obtiene en el Registro General de Actos de Última Voluntad y tiene como finalidad conocer si la persona fallecida dejó o no testamento. Para obtenerlo, se debe presentar la solicitud junto con el documento original del certificado de defunción y el DNI del solicitante.

El Certificado de Últimas Voluntades contendrá la información sobre si la persona ha otorgado testamento ante Notario antes de su fallecimiento y a quién ha designado como heredero de sus bienes y derechos. En caso de haber otorgado varios testamentos, incluirá la información de todos los testamentos destacando el último testamento otorgado. El último testamento otorgado ante Notario es el único válido. Este será el testamento imprescindible para gestionar la herencia.

¿Cuánto cuesta obtener el Certificado de Últimas Voluntades?

Para obtener el Certificado de Últimas Voluntades es necesario pagar una tasa administrativa. La tasa administrativa en 2023 para conseguir el Certificado de Últimas Voluntades en Tenerife es de 3,86 euros. Para pagar la tasa es necesario presentar y pagar el modelo 790 de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Si tiene dudas, un abogado especializado en herencias de nuestro equipo puede ayudarle.

En Sirvent & Granados Abogados, nuestros expertos en derecho sucesorio están capacitados para ayudarte en todo el proceso de obtención del Certificado de Últimas Voluntades. Nos encargamos de recopilar toda la documentación necesaria, pagar la tasa correspondiente y redactar la solicitud y presentarla ante el Registro General de Actos de Última Voluntad de Tenerife en su nombre. 

Certificado de Contratos de Seguro con cobertura de fallecimiento

El Certificado de Contratos de Seguro con cobertura de fallecimiento es expedido por el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento. Este organismo se encuentra, normalmente, en las mismas dependencias que el Registro General de Actos de Última Voluntad. Esto es así porque ambos Registros pertenecen al organigrama del Ministerio de Justicia.

Cuando ha fallecido un familiar y te ves en la tesitura de gestionar su herencia también será necesario obtener el Certificado de Contratos de Seguro con cobertura de fallecimiento. Este certificado acredita si la persona fallecida tenía asegurado su fallecimiento con alguna entidad aseguradora mediante un contrato vigente en el momento de su muerte. De la misma forma, si el causante no tenía vigente ningún contrato de seguro con cobertura de fallecimiento en el momento de su muerte, así se hará constar en el certificado.

En el Certificado de Contratos de Seguro no figuran planes de pensiones, planes de previsión social ni mutualidades de profesionales colegiados

Si existieran contratos de seguro vigentes en el momento del fallecimiento, deberá contactar con la aseguradora para verificar quién es el beneficiario de dicha póliza. Una vez confirmada la condición de beneficiario, deberá consultar a un abogado especializado en herencias sobre las consecuencias tributarias del cobro de dicha prestación.

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El declaratorio de herederos

El declaratorio o la declaración de herederos ab intestato sólo es necesario tramitarlo en aquellos casos en los que el fallecido no ha otorgado testamento. Ello, como ya hemos dicho, se verifica con el Certificado de Últimas Voluntades. Si el causante sí ha otorgado testamento, no deberá otorgarse el declaratorio de herederos. Cuando una persona fallece sin testamento estamos ante la denominada sucesión intestada, también conocida sucesión legítima o ab intestato.

Si el fallecido no dejó testamento identificando a sus herederos, es necesario obtener el declaratorio de herederos ab intestato. El acta del declaratorio de herederos la expide un Notario y tiene como finalidad determinar quiénes son los herederos legales del fallecido ante la falta de testamento. La solicitud puede realizarla uno o varios de los familiares del causante la cual deberá firmar ante Notario. 

Una vez firmada, el Notario hará dicha información pública por si alguna persona tuviera interés legítimo en la herencia o considerase que tiene la condición de heredero o legatario por alguna razón y así pueda manifestarlo en sede notarial.  Transcurrido un plazo de 20 días desde su publicación, el Notario dará por finalizado el expediente y emitirá el acta de cierre del declaratorio de herederos que contiene la declaración jurídica formal de quiénes son los herederos del fallecido. 

Para obtenerlo, se deben presentar los documentos que acrediten la relación de parentesco, como partidas de nacimiento y matrimonio, así como el certificado de defunción.

Testamento

El testamento es un documento legal en el que se establecen las disposiciones sobre la distribución de los bienes y activos del fallecido. El único testamento válido es el último que haya otorgado en vida el fallecido. Para obtenerlo, se debe contactar con el notario que lo haya redactado (esta información se incluye en el Certificado de Últimas Voluntades) y solicitar una copia autorizada del testamento.

La solicitud de la copia del testamento está limitada a aquellos que tengan un interés legítimo en la sucesión del fallecido.

Sólo pueden pedir una copia del testamento los herederos, legatarios, albaceas, administradores y otras personas a quienes el documento reconozca con alguna facultad o derecho para hacerlo. No es necesario que lo soliciten todos los herederos conjuntamente, cualquiera de ellos puede solicitarlo de forma individual.

Para solicitar la copia del testamento se debe entregar en la notaría el DNI o NIE del solicitante, el certificado de defunción original expedido por el Registro Civil, y el Certificado de Últimas Voluntades.

Si el Notario que otorgó el testamento del causante ya no se encuentra en la misma ubicación o ha fallecido, debe existir un Notario en la misma ubicación que custodie todas las escrituras (incluyendo los testamentos) del anterior Notario. Para localizar al Notario custodiante, se puede consultar en el Colegio Notarial correspondiente o en las Notarías más cercanas de la zona.

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Conocer estos cinco documentos es esencial para llevar a cabo una correcta tramitación de la herencia

En conclusión, para tramitar una herencia de manera adecuada, es fundamental contar con los documentos mencionados: 

  • Certificado de defunción
  • Certificado de últimas voluntades
  • Certificado de contratos de seguro con cobertura de fallecimiento
  • Declaratorio de herederos abintestato
  • El testamento en caso de existir.

Estos documentos proporcionan la base legal necesaria para llevar a cabo los trámites sucesorios de manera ordenada y eficiente. Obtenerlos permitirá a los herederos tener un respaldo legal sólido y garantizar una correcta adjudicación de los bienes de acuerdo con las últimas voluntades del fallecido.

Asesoramiento legal mediante abogados especializados en derecho sucesorio

Recuerda que en cada caso, es importante contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho sucesorio. Ellos podrán guiar y brindar el apoyo necesario durante todo el proceso de tramitación de la herencia, asegurando que se cumplan todas las formalidades legales y protegiendo los derechos de los herederos.

En resumen, la obtención de los documentos imprescindibles para tramitar una herencia es un paso fundamental en el proceso sucesorio. Asegurarse de contar con el certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, certificado de contratos de seguro con cobertura de fallecimiento, declaratorio de herederos ab intestato, o en caso de existir, el testamento, es crucial para garantizar una gestión adecuada de los bienes y activos del fallecido. Con estos documentos en mano y el apoyo de un abogado especializado de Sirvent & Granados Abogados, los herederos podrán enfrentar el proceso con mayor seguridad y tranquilidad.